Jueza consideró culpable a Álvaro Uribe por soborno a testigos y fraude procesal

El expresidente estaba respondiendo por este caso desde 2019, cuando fue llamado a indagatoria por la Corte Suprema de Justicia. La jueza continúa con la lectura del fallo, pero ya dio el sentido de su decisión.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), uno de los hombres más poderosos de Colombia y protagonista de los hechos políticos de los últimos 25 años, fue declarado culpable por los delitos de fraude procesal, soborno y soborno en actuación penal. La jueza que lo condenó en primera instancia le dio la razón a todos los argumentos de la Fiscalía y descartó uno por uno los argumentos de la defensa para todos los hechos.

“El acusado (Uribe) conocía el plan”, fue una de las frases determinantes de la jueza Sandra Heredia refiriéndose a que quedó probado el soborno en actuación penal en el caso de Juan Guillermo Monsalve. Se incurrió “más allá de toda duda en soborno en actuación penal”, señaló.

Según la jueza, se acreditó que la defensa del entonces apoderado del expresidente, concretamente Diego Cadena, buscó que Monsalve retractara su versión sobre Álvaro Uribe.

Antes de leer el sentido del fallo, la jueza 44 penal del circuito de Bogotá hizo un llamado a respetar la actuación de la Justicia, que el proceso fue fallado en derecho y reconoció “la gallardía y cordialidad” del exmandatario durante el juicio.

“No es un juicio contra la historia política de Colombia, no es una revancha, no es un acto de oposición, es un acto de justicia y solo de justicia”, aseguró la jueza Sandra Heredia.

La togada dedicó más de una hora al inicio de la lectura del sentido del fallo para señalar consideraciones que tuvo en cuenta y que fueron en contra de la tesis de la defensa del expresidente, como la alegada violación del secreto profesional por interceptaciones entre Uribe y su abogado Diego Cadena.

Al respecto, declaró que “el ejercicio de la abogacía se habría desnaturalizado como medio para ocultar conductas” y que “el secreto profesional no puede convertirse en barrera para detectar hechos punibles”.

“Considera ajustado a derecho la valoración de los contenidos interceptados”, declaró la juez.

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