En 2.018 el Alcalde Leonardo Donoso Ruíz, realizó una licitación para el alumbrado público, lo que generó suspicacias por presuntas irregularidades en el debido proceso.
Por este caso, la Procuraduría General de la Nación, había emitido un fallo de destitución e inhabilidad por nueve años, caso que andaba en curso y que en las últimas horas el ente disciplinario manifestó la inexistencia de una “irregularidad sustancial” por parte del mandatario local, adicionalmente, hubo una afectación directa contra el derecho de defensa, la contradicción y el debido proceso.
Hay que destacar que la procuraduría no efectuó la adecuación típica en la conducta del fallo proferido el 14 de diciembre de 2.023 y el fallo en segunda instancia del 6 de septiembre de 2.024, ya que no se integró la falla disciplinaria endilgada en cada literal a Donoso Ruíz, por esto se apartó del cumplimiento de los principios de legalidad y debido proceso de los artículos 40 y 60 de la Ley 734 de 2.002.
De esta manera queda en firme la continuidad del burgomaestre para terminar su periodo después de ser elegido para dirigir el municipio hasta el 31 de diciembre de 2.027.


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